Aparece en el Reglamento orgánico
del Ministerio de Trabajo aprobado por Decreto 288/1960, de 18/02/1960 (BOE nº 52,
de 1 de marzo de 1960; artículos 98-106) como nueva dependencia de la D.G. de
Previsión, encargada del desarrollo del Plan Nacional de Seguridad Social, y la
siguiente estructura:
1. Jefatura;
2. Sección de
Planificación;
3. Sección
Económico-Estadística;
4. Sección del Seguro
Obligatorio de Enfermedad;
5. Sección de
Entidades de Previsión Social;
6. Sección del Seguro
de Accidentes de Trabajo;
7. Sección de
Cooperativas.
Desaparece de la estructura departamental fijada por Decreto 88/1968 de
18/01/1968 (BOE nº 23,
de 26 de enero de 1968), al integrarse sus funciones en la nueva S.G. de
Previsión Social.