Espacio InformaciónAcción Inspectora

Descripción

Dentro de este trámite, Ud. podrá:

  • Presentar denuncias ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social:

Las denuncias no podrán ser anónimas (art. 20.5 Ley 23/2015). Si desea comunicar unos hechos a la ITSS sin revelar su identidad, puede hacerlo a través del Buzón de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

    Las diferencias entre una denuncia y una comunicación al Buzón de la ITSS son las siguientes:

  • Deber de actuar:
  • La denuncia obliga a actuar a la Inspección.
  • La comunicación al Buzón se trasladará a la ITSS de su provincia, que valorará las circunstancias del caso (grado de detalle de la comunicación, gravedad de la irregularidad, carácter prioritario o no de la materia comunicada) y decidirá si actúa o no.

  • Deber de informar:
  • Si usted presenta una denuncia y es un trabajador afectado por el incumplimiento, será informado del estado de tramitación de su denuncia, así como de los hechos que se hayan constatado y de las medidas adoptadas. Por el contrario, si no es un trabajador afectado solo se le informará del estado de tramitación de su denuncia (art. 20.4 Ley 23/2015).
  • Si usted comunica una irregularidad al Buzón de la ITSS, no recibirá ninguna información sobre la actividad realizada por la Inspección respecto de su comunicación.

  • Realizar trámites posteriores relacionados con la denuncia:

  • Ampliar, mejorar y subsanar la denuncia.

  • Retirar o desistir de la denuncia interpuesta.

  • Relacionarse con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social una vez iniciada la actuación inspectora.

  • Aportar documentación requerida por el funcionario actuante o acreditar el cumplimiento de requerimientos.

  • Efectuar declaraciones en nombre de la empresa.

  • Consultar el estado de las solicitudes que haya presentado previamente por esta vía y visualizar los acuses de recibo.

  • Ver notificaciones relacionadas con la solicitud presentada.

  • Las solicitudes deberán acompañarse del correspondiente documento que puede descargar en este mismo apartado. Además, podrá adjuntar aquella otra documentación que considere relevante.


En el siguiente enlace dispone de información relativa a la presentación de denuncias ante la ITSS:https://www.mites.gob.es/itss/web/Atencion_al_Ciudadano/COMO_DENUNCIAR_ITSS.html

Para cualquier duda sobre temas legales del procedimiento contacte con la oficina que le corresponda de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social:http://www.mites.gob.es/itss/web/Quienes_somos/Estamos_muy_cerca/centros_ITSS.pdf

Contacta con nosotros

  • Para cuestiones informáticas sobre la aplicación contactar con el CAU:
    • Correo electrónico: infosede@mites.gob.es
    • Teléfono: 900 494 453 (seleccione la opción "SEDE" de la locución)
 
 
2.37.25
Fondo Europeo de Desarrollo Regional