Espacio InformaciónComunicación de relaciones nominales de personas trabajadoras

Descripción

LISTADO DE PERSONAS TRABAJADORAS PREVIO A LA SOLICITUD DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN MATERIA DE COTIZACION Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO


Desde el MITES, se ha comprobado que se están realizando correctamente volcados diarios de información a la TGSS, de las relaciones nominales de trabajadores, enviados a través del siguiente procedimiento:

https://expinterweb.mites.gob.es/ley11/inicio/showTramites.action?procedimientoSel=342&proc=1

Si no se ha tramitado a través de dicho procedimiento no le llegará a la TGSS.

En el caso de que su listado contenga errores y haya sido rechazado por TGSS deberá subsanarlos antes de poder presentar la declaración responsable ante la TGSS.

Debe comprobar los datos del mismo y subsanar los errores que pueda incluir. Le rogamos revisen a la mayor brevedad, que el CCC, el NAF de cada trabajador y el tipo de ERTE sea el correcto, si el Excel contiene errores de este tipo no se procesará en la TGSS.

Una vez detectados los errores deben proceder a subsanar el listado, siguiendo las instrucciones que se detallan:


INSTRUCCIONES PARA LA SUBSANACIÓN DE ERRORES EN EL LISTADO DE PERSONAS TRABAJADORAS

En el caso de que con posterioridad a la presentación del listado de personas trabajadoras, se detecten errores en la misma relativos al Nº de Afiliación o el DNI de la persona trabajadora o el Código Cuenta Cotización de la empresa o del centro de trabajo, o del código del ERTE.

Se deberá remitir una nueva relación de personas trabajadoras que incluya únicamente aquellas personas trabajadoras afectadas por los errores detectados.

Es importante que al realizar la subsanación se ponga el número de registro de la última subsanación y no el del alta inicial.

Para poder realizar la subsanación deberán acceder con el mismo certificado o cl@ve con el que se realizó el trámite, indicando el último nº de registro que le dio la aplicación (si han realizado una subsanación previa deberán utilizar el nº de registro que se indicó en esa subsanación, no el del primer envió) y deben eliminar el fichero antiguo e incluir únicamente el nuevo Excel corregido, en el apartado "documentación adjunta al trámite".

Desde el siguiente enlace puede acceder a la opción "subsanación":

https://expinterweb.mites.gob.es/ley11/inicio/elegirTramite.action?tramiteSel=4&procedimientoSel=342&proc=2


Obligación

El listado de las personas trabajadoras previo a la solicitud de medidas extraordinarias en materia de cotización y prestaciones por desempleo debe presentarse por las empresas en los siguientes supuestos:

  • Los expedientes de regulación temporal de empleo incluidos en el artículo 1 del Real Decreto Ley 18/2021, de 28 de septiembre cuya prórroga se haya autorizado.
  • Nuevos expedientes de regulación temporal de empleo autorizados a partir del 1 de octubre de 2021, autorizados conforme al Real Decreto Ley 18/2021.
  • Existencia de nuevas personas trabajadoras que pasen a estar incluidas en un expediente de regulación de empleo previsto en los apartados anteriores.

Plazo de presentación

Debido a las incidencias técnicas en el desarrollo de esta aplicación el plazo de 5 días para proceder a la presentación del listado de trabajadores se amplia hasta el día 5 de noviembre de 2021, respecto de aquellas empresas que hubiesen tenido que presentar el listado antes de esa fecha.

Así será posible la presentación hasta el 5 de noviembre de 2021 de los listados de empresas con ERTE prorrogados, autorizados o comunicados antes del 1 de noviembre. En todo caso se podrá presentar el listado de trabajadores en cualquier momento desde que la aplicación se encuentre en funcionamiento. Esto último tendrá lugar a más tardar el día 1 de noviembre y se informará de ello en la presente página.

Por el contrario para las empresas cuyo ERTE sea prorrogado, autorizado comunicado a partir del 1 de noviembre el plazo será de 5 días hábiles a partir de ese momento.


Lugar de presentación

El listado de las personas trabajadoras previo a la solicitud de medidas extraordinarias en materia de cotización y prestaciones por desempleo solo puede presentarse a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Empleo y Economía Social https://expinterweb.mites.gob.es


Instrucciones para la cumplimentación

El listado de las personas trabajadoras previo a la solicitud de medidas extraordinarias en materia de cotización y prestaciones por desempleo debe remitirse en formato EXCEL y siguiendo las siguientes instrucciones:

El Fichero Excel consta de dos pestañas que obligatoriamente deben ir debidamente cumplimentadas. Además, no se debe alterar el formato Excel.

PESTAÑA 1 DATOS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS.

Consultar los campo en el documento "Instrucciones para cumplimentación del listado" del apartado de documentos.

Deben rellenarse todos los campos de la hoja Excel para cada persona trabajadora aún aquellos que son comunes para todas las personas trabajadoras como el número de cuenta o la autoridad laboral competente, o la fecha desde.

La cumplimentación de todos los campos es obligatoria, salvo el campo porcentaje en caso de reducción que no se rellenará para las personas trabajadoras que se encuentren en suspensión de empleo.

Además los campos siguientes tienen que tener exactamente la siguiente estructura:

CAMPO NUMERO DE CUENTA: 15 dígitos con la siguiente distribución RÉGIMEN (N4), PROVINCIA (N2) Y NÚMERO (N9) Debe cumplimentarse obligatoriamente con 15 dígitos, en caso necesario se rellenará con ceros a la izquierda.

Códigos de los regímenes:

0111. Régimen General

0112. Régimen General. Artistas

0163. Régimen General. Sistema Especial Agrario para Trabajadores por cuenta ajena

0811. Régimen Especial del Mar. Grupo I

0812. Régimen Especial del Mar. Grupo II A

0813. Régimen Especial del Mar. Grupo II B

0814. Régimen Especial del Mar. Grupo III

0911. Régimen Especial de la Minería del Carbón

CAMPO NUMERO DE SEGURIDAD SOCIAL 12 dígitos PROVINCIA (N2) Y NÚMERO (N10) Debe cumplimentarse obligatoriamente con 12 dígitos, en caso necesario se rellenará con ceros a la izquierda.

CAMPO AUTORIDAD LABORAL COMPETENTE 2 dígitos según la tabla que se adjunta.

CAMPO NUMERO DE EXPEDIENTE 20 caracteres. Campo alfanumérico, dada la diferente codificación de cada autoridad laboral se cumplimentará el código tal como se figure en la resolución de la autoridad laboral.

CAMPO TIPO DE ERTE: 3 dígitos, según la tabla que se adjunta. Se consignará el código de la Declaración Responsable que se deba comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social para la aplicación de exenciones en la cotización correspondientes al mes de septiembre de 2021 ¿es decir, el código de la Declaración Responsable a presentar antes de que se solicite la liquidación de cuotas durante el mes de octubre de 2021-.

FECHA DESDE 8 dígitos con el formato AAAAMMDD


PESTAÑA 2 DATOS DE LA EMPRESA

  • Nombre de la empresa
  • CIF de la empresa
  • Código Cuenta Cotización Principal
  • Correo electrónico de la empresa
  • Nombre del representante de la empresa
  • DNI del representante de la empresa

Los campos de la segunda pestaña solo deben rellenar una vez y son todos obligatorios.


TABLA CON LOS CÓDIGOS DE LAS AUTORIDADES LABORALES

Consultar los códigos en el documento "Instrucciones para cumplimentación del listado" del apartado de documentos.


TABLA CON LOS CÓDIGOS DE LOS TIPOS DE ERTE

Consultar los códigos en el documento "Instrucciones para cumplimentación del listado" del apartado de documentos.

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    • Correo electrónico: infosede@mites.gob.es
    • Teléfono: 900 494 453 (seleccione la opción "SEDE" de la locución)
 
 
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