Las huelgas de ámbito nacional o supraautonómico (que afectan a dos o más comunidades autónomas) deben comunicarse a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
La convocatoria debe hacerse por escrito y notificarse con una antelación de, al menos, cinco días naturales a la fecha de su inicio, o diez, al menos, en el caso de empresas encargadas de cualquier clase de servicios públicos. Para el cómputo de dichos plazos no se incluyen ni el día de la comunicación ni el de inicio de la huelga.
La comunicación de huelga debe contener los objetivos de ésta, las gestiones realizadas para resolver las diferencias, la fecha de inicio y la composición del comité de huelga. No hay modelo oficial de comunicación de huelga. Será requisito imprescindible que el documento de comunicación de huelga sea un documento PDF firmado electrónicamente.